Ningún empresario quiere oír hablar de concurso de acreedores. Sin embargo, retrasar la decisión suele ser el error más caro: la ley obliga al administrador a solicitar el concurso en los dos meses siguientes a conocer que la empresa es insolvente, y no hacerlo puede hacerle responder personalmente. Por eso es importante reconocer las señales a tiempo. Si la sociedad ya no tiene bienes ni para pagar los gastos del procedimiento, se tramita un concurso sin masa.
¿Qué es la insolvencia?
Una empresa es insolvente cuando no puede cumplir con regularidad sus obligaciones exigibles. No se trata de tener pérdidas, ni de que el patrimonio sea negativo, sino de no poder pagar a su vencimiento. Una empresa con pérdidas puede no ser insolvente, y una con beneficios contables puede serlo si no tiene liquidez.
La ley distingue además la insolvencia inminente, cuando se prevé que en los próximos tres meses no se podrá pagar, y la probabilidad de insolvencia, cuando es objetivamente previsible que no se podrá pagar en los próximos dos años. En esas fases todavía hay herramientas para evitar el concurso. Y, ya dentro del concurso, la venta de la unidad productiva permite que el negocio continúe en manos de un comprador y conserve el empleo.
Señales de alarma
- Retrasos generalizados en el pago a proveedores, no solo puntuales.
- Impagos de cuotas a Hacienda o a la Seguridad Social durante varios meses.
- Impago de salarios o de indemnizaciones a trabajadores.
- Embargos que afectan a cuentas o bienes necesarios para la actividad.
- Reclamaciones judiciales de varios acreedores a la vez.
- Necesidad de refinanciar cada pocos meses para poder pagar lo inmediato.
- Uso de pólizas de crédito personales o avales de los socios para cubrir pagos ordinarios.
Varias de estas señales a la vez indican que la empresa probablemente ya es insolvente.
¿Qué pasa si no se solicita a tiempo?
Si el concurso se solicita tarde, se presume que el administrador actuó con culpa grave, lo que puede llevar a que el concurso se califique como culpable. Las consecuencias pueden ser serias: inhabilitación, pérdida de créditos y condena a cubrir parte de las deudas que los acreedores no cobren. Además, si había pérdidas graves y no se convocó la junta, el administrador puede responder de las deudas posteriores.
Las alternativas antes del concurso
Cuando la situación se detecta pronto, existen opciones:
- Comunicar al juzgado el inicio de negociaciones con los acreedores, que da un margen temporal y protege frente a ejecuciones mientras se negocia.
- Plan de reestructuración, que puede homologarse judicialmente e imponerse a acreedores disidentes.
- Procedimiento especial para microempresas, más rápido y barato para empresas pequeñas.
- Venta ordenada de la empresa o de una unidad productiva.
¿Qué hacer ahora?
Si reconoce varias de estas señales, lo prudente es encargar un diagnóstico financiero inmediato: tesorería de las próximas semanas, deuda vencida y viabilidad del negocio. Con esa foto se decide si hay margen para reestructurar o si hay que solicitar el concurso, y se protege al administrador documentando que actuó en plazo.
En resumen
La insolvencia se mide por la capacidad de pagar, no por las pérdidas. Si su empresa no puede atender sus pagos con regularidad, tiene dos meses para actuar. En nuestra página sobre concurso de acreedores de empresa le explicamos cómo le acompañamos en todo el proceso.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo cuentan los dos meses?
Desde que el administrador conoció o debió conocer el estado de insolvencia actual de la empresa.
¿Puedo pedir el concurso si aún puedo pagar?
Sí, en caso de insolvencia inminente. Y si hay probabilidad de insolvencia, puede acudir a un plan de reestructuración.
¿El concurso significa cerrar la empresa?
No necesariamente. Puede terminar con un convenio que permita continuar, o con la venta de la empresa en funcionamiento.
Jimeno Abogados & Economistas
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