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Plan de reestructuración o concurso: cómo evitar la quiebra

Plan de reestructuración o concurso: cómo evitar la quiebra

Plan de reestructuración o concurso: cómo evitar la quiebra

Desde la reforma concursal de 2022, las empresas con dificultades tienen una herramienta que antes no existía en España con esta forma: el plan de reestructuración. Su objetivo es salvar empresas viables antes de que lleguen al concurso, reorganizando su deuda con el respaldo de una mayoría de acreedores y la homologación del juez. Y si finalmente hay que acudir al concurso, la venta de la unidad productiva permite que el negocio continúe en manos de un comprador y conserve el empleo.

¿Qué es un plan de reestructuración?

Es un acuerdo que modifica la deuda de la empresa: quitas, esperas, conversión de deuda en capital, venta de activos o cambios en la estructura de la sociedad. A diferencia de un acuerdo privado, el plan homologado por el juez puede imponerse a los acreedores que no lo han votado a favor, siempre que se cumplan las mayorías y las garantías que exige la ley.

¿Cuándo se puede utilizar?

El plan está pensado para la fase previa a la insolvencia o para las primeras fases de esta: cuando hay probabilidad de insolvencia, insolvencia inminente o insolvencia actual. Cuanto antes se plantee, más opciones tiene.

¿Cómo funciona?

  1. Diagnóstico y plan de viabilidad: se analiza la empresa y se proyecta su capacidad de pago.
  2. Comunicación de negociaciones al juzgado, si conviene, para proteger a la empresa de ejecuciones mientras se negocia.
  3. Formación de clases de acreedores según la naturaleza de sus créditos: financieros, comerciales, públicos, con garantía…
  4. Negociación y votación del plan por clases.
  5. Homologación judicial, que extiende los efectos del plan a los acreedores disidentes cuando se cumplen los requisitos.

Las garantías para los acreedores

Un acreedor que vota en contra no queda indefenso. La ley exige, entre otras cosas, que ningún acreedor disidente quede en peor situación que si la empresa se liquidara. Es lo que se conoce como la prueba del interés superior de los acreedores, y es una de las razones por las que un buen informe económico es imprescindible.

Plan de reestructuración frente a concurso

  • Rapidez: el plan se negocia y homologa en menos tiempo que un concurso.
  • Control: los administradores siguen gestionando la empresa.
  • Imagen: evita el estigma del concurso ante clientes y proveedores.
  • Coste: suele ser menor que un procedimiento concursal completo.
  • Requisito: exige que la empresa sea viable y que una parte relevante de los acreedores apoye el plan.

Y si la empresa es pequeña

Las microempresas, con menos de diez trabajadores y un volumen de negocio o un pasivo inferior a dos millones de euros, no usan los planes de reestructuración, sino un procedimiento especial propio, más sencillo, que también permite continuar la actividad con un plan de pagos.

En resumen

Si su empresa es viable pero arrastra una deuda que no puede atender, el plan de reestructuración puede evitar el concurso. La clave es actuar pronto y con números sólidos. En nuestra página sobre planes de reestructuración le explicamos cómo lo preparamos.

Preguntas frecuentes

¿Necesito el apoyo de todos los acreedores?

No. Basta con las mayorías que exige la ley en cada clase, y el juez puede extender el plan a los disidentes si se cumplen los requisitos.

¿Se puede incluir la deuda con Hacienda?

El crédito público tiene un tratamiento especial y limitado en los planes de reestructuración. Lo analizamos en cada caso.

¿Qué es un experto en reestructuración?

Un profesional que el juez puede nombrar para asistir en la negociación y en la elaboración del plan, obligatorio en algunos supuestos.

Jimeno Abogados & Economistas

¿Su empresa es viable pero no puede con la deuda? Estudiemos el plan

Estudiamos su caso desde el Derecho y desde los números, en el despacho de Albacete o por videollamada.

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1600 1016 Francisco José Jimeno González

Francisco José Jimeno González

Abogado y economista, fundador de Jimeno Abogados y Economistas (Albacete). Abogado colegiado nº 3.493 del Ilustre Colegio de Abogados de Albacete y nº 130.301 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, y economista colegiado nº 891 del Colegio de Economistas de Albacete. Antes de fundar el despacho trabajó en los departamentos procesal, concursal y tributario de KPMG Abogados, Intrum y PwC.

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