El Impuesto sobre Sucesiones lo regulan en parte las comunidades autónomas, y por eso lo que se paga varía mucho según dónde residía el fallecido. En Castilla-La Mancha, la carga para los familiares directos es baja en la mayoría de herencias, pero no siempre nula. Le explicamos cómo se calcula.
¿Quién paga y dónde?
Paga cada heredero por lo que recibe, no la herencia en conjunto. Se aplica la normativa de la comunidad en la que residía el fallecido durante los últimos años, y el impuesto se presenta ante la Junta de Comunidades si residía en Castilla-La Mancha.
¿Cómo se calcula? En cuatro pasos
- Base imponible: el valor de lo que recibe cada heredero, menos su parte de las deudas y gastos deducibles.
- Reducciones: por parentesco, por vivienda habitual del fallecido, por empresa familiar, por seguros de vida o por discapacidad, entre otras. El resultado es la base liquidable.
- Cuota: se aplica la tarifa del impuesto a la base liquidable.
- Bonificación autonómica: en Castilla-La Mancha, para descendientes, cónyuge y ascendientes, se descuenta un porcentaje de la cuota.
La bonificación en Castilla-La Mancha
Para los grupos I y II (hijos, nietos, cónyuge, padres y abuelos), la bonificación depende de la base liquidable:
- Menos de 175.000 euros: 100 %.
- De 175.000 a 225.000 euros: 95 %.
- De 225.000 a 275.000 euros: 90 %.
- De 275.000 a 300.000 euros: 85 %.
- 300.000 euros o más: 80 %.
Ejemplos orientativos
Para un hijo que hereda, ya aplicadas las reducciones, el resultado aproximado sería:
- Base liquidable de 150.000 euros: 0 euros.
- Base liquidable de 200.000 euros: unos 1.600 euros.
- Base liquidable de 250.000 euros: unos 4.300 euros.
- Base liquidable de 400.000 euros: unos 16.200 euros.
Son cifras aproximadas con la tarifa estatal; cada caso hay que calcularlo con su normativa vigente.
¿Y hermanos, sobrinos o personas sin parentesco?
No tienen esa bonificación y pagan bastante más. En estos casos la planificación previa, por ejemplo con el testamento o con seguros de vida, puede cambiar mucho la factura.
Las reducciones que más ahorran
- Vivienda habitual del fallecido: reducción del 95 % de su valor, con un límite por heredero y la obligación de mantenerla durante un plazo.
- Empresa familiar: reducción del 95 % del valor de la empresa o de las participaciones, si se cumplen los requisitos y se mantiene la actividad.
Plazos
Seis meses desde el fallecimiento, prorrogables otros seis si se pide en los cinco primeros. Presentar tarde supone recargos.
En resumen
En Castilla-La Mancha, la mayoría de hijos y cónyuges que heredan pagan poco o nada en Sucesiones, pero hay que aplicar bien las reducciones y presentar en plazo. Desde nuestro servicio de planificación fiscal calculamos y presentamos el impuesto, y le ayudamos a aplicar todas las reducciones.
Preguntas frecuentes
¿Se paga Sucesiones por el dinero de un seguro de vida?
Sí, las indemnizaciones de seguros de vida tributan en este impuesto, con su propia reducción.
¿Puedo pagar en plazos?
Se puede pedir aplazamiento o fraccionamiento ante la Junta, en las condiciones que fija la normativa.
¿Y las donaciones en vida?
También tributan, con su propia bonificación para familiares directos y requisitos formales como la escritura pública.
Jimeno Abogados & Economistas
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