Una sociedad holding permite que los beneficios de su empresa se reinviertan casi sin pagar impuestos por el camino. Bien planteada, es una herramienta excelente para crecer, ordenar varias sociedades o preparar el relevo familiar. Mal planteada, solo añade costes. Le explicamos de forma sencilla cuándo compensa y cuándo no.
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Infografía
La holding en cuatro claves
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Sin holdingUsted cobra el dividendo y lo invierte
- Dividendo100.000 €
- IRPF del ahorro−21.880 €
- Para sus proyectos78.120 €
Con holdingEl dividendo lo cobra su sociedad
- Dividendo100.000 €
- Impuesto sobre Sociedades (≈1,25 %)−1.250 €
- Gastos de la holding−0 €
- Para sus proyectos98.750 €
Cálculo orientativo para el ejercicio 2026, sin otras rentas del ahorro, con los tramos del IRPF del ahorro (19 % a 30 %) y la exención del 95 % de los dividendos en el Impuesto sobre Sociedades (art. 21 LIS). No incluye otros impuestos ni costes de constitución salvo los que indique. Si después saca el dinero de la holding para usted, tributará en su IRPF.
Lo esencial
¿Cómo funciona una holding?
Sin holding, cuando su empresa reparte beneficios, el dinero le llega directamente a usted y paga IRPF. Con holding, ese dinero se queda un escalón más arriba, en una sociedad suya, que decide dónde invertirlo.
La ventaja nace del artículo 21 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades: si la holding tiene al menos el 5 % de la empresa durante un año, el 95 % de los dividendos que recibe queda exento. Solo tributa el 5 % restante al 25 %, es decir, alrededor del 1,25 % del dividendo.
El ahorro, en números
Un reparto de 100.000 euros
Imagine que su empresa reparte 100.000 euros de beneficio y usted quiere invertirlos en una nueva actividad. Si los cobra usted, tras el IRPF le quedan 78.120 € para invertir. Si los cobra su holding, le quedan 98.750 €. Son 20.630 € más trabajando para su empresa; en la infografía de arriba lo verá paso a paso.
La idea clave: la holding aplaza el impuesto, no lo elimina. Compensa cuando el dinero va a seguir trabajando en proyectos empresariales, no cuando lo necesita para su vida personal.
Constitución
¿Cómo se crea sin pagar impuestos al hacerlo?
Lo habitual es aportar a la nueva holding las participaciones que ya tiene en su empresa, a cambio de participaciones de la holding. Es un canje de valores y, si se cumplen los requisitos, se acoge al régimen de neutralidad fiscal de la Ley 27/2014 (artículos 76 a 89): la operación no tributa en el momento de hacerla.
Así lo planteamos en nuestro servicio de constitución de holdings en Albacete.
Dudas habituales
Lo que más nos preguntan
¿Cuánto me ahorro realmente con una holding?
Depende de cuánto reparta y de qué haga con el dinero. En el ejemplo de 100.000 euros, la holding deja disponibles 20.630 euros más para reinvertir. Ese ahorro se mantiene mientras el dinero siga dentro de sus sociedades; si lo saca para usted, pagará el IRPF en ese momento.
¿Puedo sacar dinero de la holding para mis gastos?
Sí, pero tributa. Puede cobrar dividendos de la holding (IRPF del ahorro, del 19 al 30 %) o una retribución si trabaja para ella (IRPF general). Lo que no debe hacer es pagar gastos personales desde la sociedad: Hacienda lo trata como una retribución encubierta.
Solo tengo una empresa, ¿tiene sentido?
Sí, si esa empresa genera beneficios que va a reinvertir: en un local, en otra actividad, en la compra de una empresa o en inversiones. Si el dinero lo va a necesitar para su vida personal, una holding no aporta ventaja y sí costes.
¿Pago impuestos al aportar mi empresa a la holding?
No, si la operación se acoge al régimen de neutralidad fiscal del canje de valores. Para ello la holding debe obtener la mayoría de los derechos de voto de su empresa, tiene que existir un motivo económico válido y hay que comunicar la operación a Hacienda en plazo.
¿Cuánto cuesta crear y mantener una holding?
Al crearla: notaría, Registro Mercantil, la valoración de las participaciones y el asesoramiento para aplicar el régimen fiscal especial. Cada año: lo de cualquier sociedad, es decir, contabilidad, cuentas anuales e Impuesto sobre Sociedades. Antes de dar el paso conviene comparar ese coste con el ahorro que espera.
¿Y si en unos años quiero vender mi empresa?
La holding también puede ayudar: si vende la empresa, el 95 % de la ganancia queda exento en el Impuesto sobre Sociedades y el dinero puede reinvertirse. Pero si la holding se crea poco antes de vender y solo por motivos fiscales, Hacienda puede negar las ventajas. Por eso conviene planificarlo con tiempo.
¿Me ayuda a dejar la empresa a mis hijos?
Sí, es uno de sus usos más habituales. Para que la transmisión tenga un coste fiscal muy reducido, la estructura debe cumplir los requisitos de empresa familiar: que la holding tenga actividad real y no sea patrimonial, y que algún miembro de la familia ejerza funciones de dirección y cobre por ello.
¿Qué pasa si la holding solo tiene inmuebles o dinero?
Que puede considerarse una sociedad patrimonial y perder las ventajas de empresa familiar en los impuestos sobre el Patrimonio y sobre Sucesiones y Donaciones. La holding debe estar vinculada a actividades empresariales reales.
Jimeno Abogados & Economistas
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